Icono del sitio Revista para emprendedoras mas.ec

Educación Financiera para cooperativas en Ecuador

&NewLine;<ol class&equals;"wp-block-list" type&equals;"a"><li><strong>Inclusión Financiera&colon; <&sol;strong>Acceso y utilización de productos y servicios financieros de calidad por parte de personas naturales y jurídicas capaces de elegirlos de manera informada&period; Los productos y servicios financieros deben ofrecerse de manera transparente sostenible y responder a las necesidades de la población&semi;<&sol;li><li><strong>Educación Financiera&colon; <&sol;strong>Proceso por el cual los socios&comma; clientes&comma; usuarios y proveedores financieros adquieren o mejoran su conocimiento y comprensión sobre los diferentes productos y servicios financieros&comma; sus beneficios y riesgos&semi; sus derechos y obligaciones&comma; para tomar decisiones responsables e informadas&comma; que le permitirán mejorar su bienestar económico&semi;<&sol;li><&sol;ol>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p>Por medio de la educación financiera se espera que las personas obtengan al menos los siguientes beneficios&colon;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<ol class&equals;"wp-block-list" type&equals;"i"><li>Mejorar su comprensión de los productos y servicios financieros a lo largo de las distintas etapas de su vida&period;<ol><li>Adquirir mayor conocimiento para identificar los riesgos y oportunidades financieras&period;<&sol;li><&sol;ol><ol><li>Adquirir habilidades para mejorar la toma de decisiones&period;<&sol;li><&sol;ol><ol><li>Impulsar hábitos de ahorro y de planificación de gastos&period;<&sol;li><&sol;ol><&sol;li><li><strong>Iniciativa de Educación Financiera&colon; <&sol;strong>Son las acciones&comma; y gestión de materiales o recursos&comma; que coadyuven a mejorar la comprensión de socios&comma; clientes y usuarios sobre los productos y servicios financieros&comma; a desarrollar sus habilidades&comma; aptitudes y la confianza necesaria para tomar decisiones en materia financiera&comma; a través&comma; principalmente&comma; de seminarios&comma; capacitaciones&comma; conferencias&comma; mesas de trabajo&comma; talleres&comma; sitios web&comma; folletos&comma; manuales&comma; libros o guías que aborden esta temática&semi;<&sol;li><li><strong>Programa de Educación Financiera&colon; <&sol;strong>Es el proceso educativo que responde a una planificación y política de corto&comma; mediano o largo plazo de formación financiera&comma; que debe ser implementada por las cooperativas de ahorro y crédito y asociaciones mutualistas para la vivienda&semi;<&sol;li><li><strong>Formador de Educación Financiera&colon; <&sol;strong>Es la persona especializada encargada de impartir los conocimientos por medio de una metodología estructurada de enseñanza en los distintos tópicos de educación financiera&semi;<&sol;li><li><strong>Medición de Impacto&colon; <&sol;strong>Se refiere al proceso en el cual se determina si existen cambios en el bienestar económico de las personas que han sido parte de un determinado programa o iniciativa de educación financiera&semi; y&comma;<&sol;li><li><strong>Grupo objetivo&colon; <&sol;strong>Corresponde al grupo de la población al cual se dirigen las iniciativas o programas de educación financiera&period;<&sol;li><&sol;ol>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<h1 class&equals;"wp-block-heading">SECCIÓN III<&sol;h1>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>PRINCIPIOS<&sol;strong><&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>Artículo 4&period;- Principios&period; <&sol;strong>Los programas e iniciativas para la educación financiera que desarrollen o implementen las cooperativas de ahorro y crédito&comma; y las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda&comma; deberán estar orientados&comma; al menos&comma; por los siguientes principios&colon;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<ol class&equals;"wp-block-list" type&equals;"a"><li><strong>Principio 1&period; <&sol;strong>Estar orientados a desarrollar aptitudes en sus socios&comma; clientes o usuarios que permitan incrementar su bienestar económico y mejorar su calidad de vida&semi;<&sol;li><li><strong>Principio 2&period; <&sol;strong>Ser implementados considerando el interés de los socios&comma; clientes o usuarios previa la utilización de un producto y servicios financieros o en la toma de decisiones financieras&semi;<&sol;li><li><strong>Principio 3&period; <&sol;strong>La información debe ser veraz&comma; actual&comma; relevante&comma; completa&comma; clara&comma; y de fácil comprensión&comma; y difundida por medios de comunicación disponibles y apropiados y que sean accesibles para los socios&comma; clientes o usuarios&semi;<&sol;li><&sol;ol>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<ul class&equals;"wp-block-list"><li><strong>Principio 4&period; <&sol;strong>Conocer las necesidades y barreras de los socios&comma; clientes y usuarios a quienes van enfocados los programas e iniciativas de educación financiera&semi;<&sol;li><li><strong>Principio 5&period; <&sol;strong>El contenido de los programas de educación financiera debe estar orientado a proveer conceptos claves y ejemplos ilustrativos al público al que se pretende llegar y deben ser dirigidos por formadores de educación financiera que cuenten con la debida formación&semi; y&comma;<&sol;li><&sol;ul>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<ul class&equals;"wp-block-list"><li><strong>Principio 6&period;- <&sol;strong>Tener en cuenta el marco legal y regulatorio&period;<&sol;li><&sol;ul>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<h1 class&equals;"wp-block-heading">SECCIÓN IV<&sol;h1>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>DE LAS INICIATIVAS Y PROGRAMAS DE EDUCACIÓN FINANCIERA<&sol;strong><&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>Artículo 5&period;- Lineamientos generales&period; <&sol;strong>Las iniciativas y programas de educación financiera que desarrollen o implementen las cooperativas de ahorro y crédito y las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda&comma; deberán considerar los siguientes lineamientos&colon;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<ol class&equals;"wp-block-list" type&equals;"1"><li>El lenguaje deberá ser sencillo&comma; completo&comma; pedagógico&comma; actualizado y adecuado a las características del público objetivo&semi;<ol><li>Serán equitativos&comma; considerando todos los segmentos de la población&comma; e incluirán los beneficios&comma; riesgos y desventajas de las distintas decisiones financieras&semi; y&comma;<&sol;li><&sol;ol><ol><li>Los formadores&comma; deben contar con los conocimientos para ello&comma; demostrando capacitación periódica en programas de formadores sobre el tema&period;<&sol;li><&sol;ol><&sol;li><&sol;ol>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>Artículo 6&period;- Contenidos&period; <&sol;strong>Las iniciativas y programas de educación financiera podrán enfocarse en las distintas temáticas propias del manejo del dinero y el bienestar económico&comma; considerándose relevantes&comma; los siguientes contenidos&colon;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>1&period;- <&sol;strong>Principios Cooperativos&colon; Definiciones y conceptos que contribuyan al conocimiento del sector financiero popular y solidario&comma; desarrollándose con base a los principios cooperativos&colon;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<ol class&equals;"wp-block-list" type&equals;"a"><li>Adhesión voluntaria y abierta&semi;<ol><li>Gestión democrática por parte de los socios&semi;<&sol;li><&sol;ol><ol><li>Participación económica de los socios&semi;<&sol;li><&sol;ol><ol><li>Autonomía e independencia&semi;<&sol;li><&sol;ol><ol><li>Educación&comma; formación e información&semi;<&sol;li><&sol;ol><ol><li>Colaboración entre cooperativas&semi; y&comma;<&sol;li><&sol;ol><ol><li>Interés por la comunidad&period;<&sol;li><&sol;ol><&sol;li><&sol;ol>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>2&period;- <&sol;strong>Ahorro e inversión&colon; Conceptos&comma; instrumentos básicos de ahorro e inversión&comma; relación riesgo-retorno&comma; planificación de ahorro para las distintas etapas de la vida&semi;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>3&period;- <&sol;strong>Planificación y presupuesto familiar&colon; Conceptos&comma; instrumentos básicos para la elaboración de presupuestos familiares&comma; su seguimiento&comma; cumplimiento&comma; y evaluación&semi;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>4&period;- <&sol;strong>Endeudamiento responsable&colon; Conceptos&comma; instrumentos básicos&comma; capacidad de endeudamiento&comma; y desventajas del sobreendeudamiento&semi;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>5&period;- <&sol;strong>Productos y servicios financieros&colon; Conceptos de cuenta básica&comma; cuenta de ahorros&comma; certificados de aportación&comma; servicios financieros digitales&semi; enfocándose en el acceso y el uso de los productos y servicios dependiendo de las necesidades de los usuarios&period; En cada producto o servicio se abordarán sus beneficios&comma; costos y riesgos&comma; la seguridad de la información&comma; los derechos y las obligaciones de los usuarios y los seguros relacionados con los productos financieros ofertados&comma; derechos y obligaciones de los asegurados&comma; riesgos cubiertos&comma; exclusiones&semi; y&comma;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>6&period;- <&sol;strong>Otros contenidos que permitan transmitir conocimientos y dotar de herramientas a los socios&comma; clientes y usuarios orientadas a mejorar su bienestar económico&period;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>Artículo 7&period;- Planificación&comma; seguimiento y evaluación de iniciativas o programas de educación financiera&period; <&sol;strong>Las cooperativas de ahorro y crédito y las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda&comma; previo a estructurar y desarrollar las iniciativas o programas de educación financiera&comma; deberán contar con un diagnóstico que sirva de base para establecer el fundamento&comma; objetivos&comma; diseño del programa de educación financiera y los mecanismos de evaluación&period;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p>Las iniciativas o programas de educación financiera deberán ser aprobados&comma; evaluados y monitoreados continuamente por el consejo de administración para ir analizando sus resultados y avances&comma; de tal forma que&comma; de ser necesario&comma; sean replanteados si no cumplen con las necesidades identificadas&period; Dicho consejo deberá también aprobar el presupuesto anual para la ejecución del programa de educación financiera&period;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p>Las evaluaciones de las iniciativas o programas permitirán conocer al menos los siguientes aspectos&colon;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<ol class&equals;"wp-block-list" type&equals;"a"><li>Adquisición de conocimientos financieros&semi;<ol><li>Modificación de actitudes ante situaciones financieras&semi;<&sol;li><&sol;ol><ol><li>Medición de conductas adquiridas&semi; y&comma;<&sol;li><&sol;ol><ol><li>Opinión de los participantes para revisar la eficiencia y eficacia de la iniciativa o programa&period;<&sol;li><&sol;ol><&sol;li><&sol;ol>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<h1 class&equals;"wp-block-heading">DISPOSICIONES GENERALES<&sol;h1>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>PRIMERA&period;- <&sol;strong>Las cooperativas de ahorro y crédito y las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda deberán enviar a esta Superintendencia dentro de los primeros 15 días del mes de enero de cada año y de acuerdo a los formatos incluidos en el Anexo No&period; 1 de esta norma&comma; la información relativa a las iniciativas o programas de educación financiera realizados en el año fiscal anterior&period;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>SEGUNDA&period;- <&sol;strong>Los programas de educación financiera deberán ser continuos&period; Los consejos de administración de las cooperativas de ahorro y crédito y las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda deberán evaluar al final de cada ejercicio económico&comma; el programa de educación financiera implementado a fin de determinar si se han cumplido los objetivos&period;<&sol;p>&NewLine;&NewLine;&NewLine;&NewLine;<p><strong>TERCERA&period;- <&sol;strong>La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria podrá verificar el cumplimiento de los programas de educación financiera así como solicitar en cualquier momento&comma; información relativa a las iniciativas o programas de educación financiera&period;<&sol;p>&NewLine;

Salir de la versión móvil